Resolución Nº 0027/11 – IOMA

Sobre la CALIDAD

Dicha Resolución reconoce un plus del 5% para las instituciones certificadas y acreditadas que se encuentren inscriptos en el Registro de Prestadores Acreditados del IOMA:

Para la inscripción en el Registro de Prestadores Acreditados del IOMA se debe presentar:

  • Nota de solicitud de incorporación al Registro a través de la entidad intermedia a la cual pertenezca el establecimiento solicitante.
  • Documentación que acredite que el Establecimiento ha obtenido la Certificación de la CIDCAM o ISO 9000 integral y la Acreditación por el CENAS.

La CIDCAM ofrece, para dar cumplimiento a la Certificación requerida por la Resolución del IOMA, un Programa de Asesoramiento/Capacitación Institucional.

Este programa se implementa mediante la firma de un Convenio de 12 meses de duración y 24 visitas; bajo esta modalidad el establecimiento tendrá derecho a 23 visitas de asesoramiento a cargo de un tutor/facilitador y una visita de evaluación. Estas visitas se realizarán cada 15 días, con la flexibilidad necesaria para adaptarse al ritmo de trabajo de la institución.

La Institución que no haya alcanzo los objetivos del Programa dentro de los 12 meses, podrá solicitar prórrogas trimestrales.

Para obtener la CERTIFICACIÓN la Institución debe:

  • Haber realizado la Autoevaluación y definido un Plan Estratégico hacia la Calidad (PEC) basado en un diagnóstico estructurado y factible de implementación.
  • Haber desarrollado por los menos 2 de sus procesos críticos.

El IOMA actualiza el listado de entidades certificadas en el mes de mayo de cada año y la Certificación de CIDCAM tiene vigencia de dos años.

Leer: El Sistema de Evaluación de la Calidad en Salud en el Ámbito de la Provincia de Buenos Aires

Un comentario sobre “Resolución Nº 0027/11 – IOMA

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